Los delitos y la agropecuaria son asuntos muy distintos, pero en la República Dominicana el primero apoya al segundo con mucho dinero.
Cuando a una persona procesada judicialmente un juez le impone el pago de una garantía económica en efectivo como medida de coerción, el Banco Agrícola (Bagrícola) recibe ese dinero a través de un depósito. El monto se formaliza en un certificado y se suma a los fondos de esa entidad estatal, que los emplea para el desarrollo de sus actividades crediticias y metas productivas.
Por un caso de drogas llevado por el abogado penalista Grimaldi Cruz, a su cliente se le impuso el pago de 100,000 pesos en efectivo como medida de coerción, que fueron al Bagrícola. También de otro por robo, cuyo monto recuerda que osciló entre 20,000 y 50,000 pesos.
Al cierre del 2021, el Bagrícola tenía 1,018.50 millones de pesos en el balance neto acumulado de las garantías económicas recibidas, que representaban el 7.8 % de su Programa de Ahorros y Valores del Público.
El Banco Agrícola de la República Dominicana se creó en 1945, siendo la segunda institución bancaria estatal conformada en el país luego del Banco de Reservas. Ofrece productos y servicios financieros a los productores agropecuarios, microempresas rurales e industrias manufactureras.
Para el banco, los cobros de la cartera colocada constituyen su fuente principal y prioritaria, para la rotatividad del financiamiento. Pero también son preponderantes las captaciones de recursos del público, como los programas de ahorros y valores, alquileres y garantías económicas, que se complementan con los aportes del Gobierno Central.
¿Por qué la relación justicia-agropecuaria?
El Bagrícola recibe recursos de los imputados desde 2005. Esto se definió a raíz de la entrada en vigencia en 2004 del entonces nuevo Código Procesal Penal, que puso a disposición del acusado diferentes formas de garantizar su presencia en el proceso, siendo una la garantía económica en efectivo.
La Procuraduría General de la República estableció que los recursos por ese concepto se depositen en el Bagrícola. Esto se comunicó por escrito el 11 de mayo de 2005, a los magistrados procuradores generales de cortes de apelación, por el entonces procurador Francisco Domínguez Brito, quien, además, precisó el procedicimiento el 6 de enero de 2006, al Ministerio Público en general.
El 8 de julio de 2005, el entonces administrador general del Bagrícola, Carlos Segura Foster, informó sobre dicha novedad a los directivos de la entidad y de las sucursales. Consideró en su carta que ese dinero podía proveer “una importante cantidad de recursos frescos a muy bajo costo, para continuar el amplio programa de financiamiento” que lleva a cabo la institución estatal.
Las sucursales de Santo Domingo, Santiago, San Francisco de Macorís, Higüey y La Vega son en las que más dinero se ha depositado proveniente de garantías económicas, entre 2015 y 2022, de acuerdo a un reporte dado por el Bagrícola a Diario Libre.
En los casos en que en una ciudad no haya oficina del Bagrícola, la garantía se puede depositar en el Banco de Reservas.
¿Cuánto y cómo se depositan?
La decisión de un juez sobre la garantía económica generalmente proviene de una audiencia de medida de coerción, de una apelación de medida de coerción o de una revisión de medida de coerción.
Una vez emitida, el Ministerio Público correspondiente eleva una instancia al Bagrícola, solicitando la apertura de un Certificado de Garantía Económica a su nombre y del imputado, anexando la sentencia original que fija el monto y una copia de la cédula del individuo.
Los montos son variados. A uno en el Distrito Nacional, por un caso de violencia intrafamiliar, se le impuso en septiembre pasado una garantía de 20,000 pesos. Se emitió un certificado por esa suma, con una tasa de rendimiento de 1 % anual. Por otros casos se han impuesto 5,000 o un millón de pesos.
“Esos fondos son utilizados para el apoyo al sector agropecuario, en préstamos a nuestros productores”, se reiteró a Diario Libre desde el Bagrícola.
La magistrada Argentina Contreras, quien se encarga del trámite de las garantías económicas en la Fiscalía del Distrito Nacional, explica que los imputados pueden depositar el dinero en la oficina de tesorería de dicha fiscalía (el modo más usual), que remite los fondos al Bagrícola, o directamente en dicha institución financiera, con una carta de autorización.
Reporta que solo de esa fiscalía se han enviado más de 100 millones de pesos al Bagrícola desde 2018 a la fecha.
Con compañía aseguradora vs. efectivo
Cuando una garantía económica se paga vía una compañía aseguradora, esta empresa es la que se responsabiliza de que el imputado se presente a los procesos de su caso. Por esto, las pagadas por esa vía pueden ser más altas. Se acuerda un porcentaje que, en promedio, es el 10 % del monto fijado por el juez.
“Solamente existían dos medidas de coerción con el anterior Código Procesal Criminal, que era la prisión preventiva y la fianza bajo la modalidad de contrato de seguro. Fue este código que trajo consigo esa nueva modalidad de pago de garantía económica”, observa Contreras.
“Entiendo que ha sido para bien, para beneficio de los propios imputados”, comenta. “Porque a un imputado que le ponen 1,000 pesos, 500 pesos, 1,500, 2,000 pesos en efectivo, viene, lo paga y se va de libertad. Por aseguradora, ahí paga una prima, que eso lo regula la Superintendencia de Seguros”.
La Superintendencia informó a Diario Libre que, de 2015 a julio de 2022, son cuatro compañías aseguradoras las autorizadas a procesar las garantías.
El artículo 235 del Código Procesal Penal de la República Dominicana detalla que la garantía es presentada por el imputado u otra persona mediante el depósito de dinero, valores, con el otorgamiento de prendas o hipotecas sobre bienes libres de gravámenes, con una póliza con cargo a una empresa de seguros dedicada a este tipo de actividades comerciales, con la entrega de bienes o la fianza solidaria de una o más personas solventes.
¿Se devuelve el dinero?
El artículo 237 del Código Procesal Penal indica que la garantía se cancela y se devuelven los bienes al procesado, más los intereses generados, cuando se revoque la decisión que la estableció, se dicte archivo del caso o la absolución, o el individuo se somete a la ejecución de la pena o esta no se deba ejecutar.
La magistrada Contreras reporta, como ejemplo, la devolución de 2 millones de pesos a un ciudadano. Pero el abogado Grimaldi Ruiz tiene un caso que –según indica– el Ministerio Público no ha autorizado al Bagrícola su devolución porque entiende que debe ser después de cumplida la condena.
Ruiz, además, observa que hay fondos que no se piden de vuelta por desconocimiento, desinterés o costo-beneficio. “Si tienes una garantía económica de 10,000 pesos y el abogado te está cobrando 20,000 para devolverla, prefieres dejar eso así”, dice. Una cuarta razón que cita es la posible dificultad burocrática.
Pero hay una excepción para la devolución: salvo que antes de concluir con su proceso al imputado se le haya ejecutado la garantía a favor del Estado dominicano, es decir, que si el individuo evade el proceso y lo declaran en rebeldía, el juez ordena que esa garantía, no importa el monto, sea ejecutada y devueltos los valores a favor del Estado.
“Porque eso fue lo que él (el juez) puso de garantía, para asegurar la presencia en ese proceso, si él (el imputado) no lo hace, pues la garantía que tenemos es ejecutarle ese dinero que depositó como garantía económica, pasarlo al fisco del Estado, a través de la cuenta de la Procuraduría General de la República”, dice Contreras.
Entre 2015 a junio de 2022, a la Procuraduría ingresaron 87,013,021.79 pesos por la ejecución de garantías económicas por rebeldías, informó la institución a Diario Libre.
En caso de que el imputado fallezca y tenga un Certificado de Garantía Económica en el Bagrícola, la familia puede reclamar el dinero mediante un proceso que incluye la presentación de documentos que prueben la muerte. Contreras recuerda un caso en que se devolvieron 50,000 pesos a parientes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario