El Ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps, informó este lunes que en la propuesta de modificación al Código de Trabajo se contempla el aumento de la licencia por paternidad.
A través de un acuerdo tripartito entre el Gobierno, el sector empleador y sindicalistas, los padres podrán permanecer junto a sus crías durante cuatro días con disfrute de salario. Actualmente, según el artículo 54 del Código, solo tienen derecho a dos días de licencia.
El funcionario señaló que con estos días adicionales el padre tendrá la obligación de comunicar a la empresa la declaración del niño o niña ante la Oficialía del Estado Civil para promover la paternidad responsable y fortalecer el núcleo familiar.
“Hace unos meses el tribunal constitucional se pronunció respecto a uno de los aspectos del código laboral y ordenó al Estado que asumiera las medidas necesarias para que de manera progresiva se equiparen las licencias”, indicó De Camps durante La Semanal.
Las mujeres tienen 14 semanas de licencia cuando son madres.
¿Qué dice el artículo 54 de Código de Trabajo?
El artículo 54 del Código Laboral que rige actualmente dice: "El empleador está obligado a conceder al trabajador cinco días de licencia con disfrute de salario, con motivo de la celebración del matrimonio de éste; tres días, en los casos de fallecimiento de cualquiera de sus abuelos, padres e hijos, o de su compañera, y dos días para el caso de alumbramiento de la esposa o de la compañera debidamente registrada en la empresa".
No hay comentarios:
Publicar un comentario