MICM da plazo a dueños de estaciones de combustibles para su regularización

El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) emitió la Resolución 163-2020, con la cual se busca regular los negocios de venta de hidrocarburos, a través del Registro Nacional de Estaciones de Expendio de Combustibles.

La resolución establece que los dueños de estaciones de combustibles líquidos, de gas licuado de petróleo, de gas natural, entre otras, que a la fecha de la Resolución 74-217 se encontraren operando, tienen un plazo de 30 días para someter su solicitud de registro ante la Dirección de Supervisión y Control de Estaciones de Expendio de Combustibles.

“Los establecimientos cuyos titulares no hayan obtemperado al mismo, quedarán impedidos de acogerse al Programa Nacional de Regularización de Estaciones de Combustibles y no podrán continuar con los trámites de permisos y licencias de operación que tengan pendientes”, advierte el MICM.

Asimismo, para evitar el comercio ilícito de hidrocarburos, el documento señala que los distribuidores mayoristas de combustibles solo podrán abastecer las estaciones que dispongan de una licencia de operación y cuenten con una constancia de registro.

El trámite para la solicitud de registro de estación de expendio de combustible será gratuito, según establece la resolución. Además, establece que el plazo de los 30 días será improrrogable.

El Ministerio, en la Resolución 163-2020, declara que adoptará las medidas legales correspondientes, una vez concluido el plazo, contra los propietarios de estaciones que hayan incumplido y continúen operando.



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